Congreso de Quintana Roo aprueba recursos para construcciones en escuelas del Estado

El Poder Legislativo Local también contempla su uso para otras edificaciones dentro de los recintos educativos a lo largo de la geografía estatal.

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El Congreso de Quintana Roo realizó diversas modificaciones en leyes del Estado. [FOTO: Congreso de Quintana Roo].
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El Congreso del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo aprobó, durante las primeras horas de este martes, recursos para poder realizar la construcción de domos en escuelas de los 11 municipios de la Entidad.

De acuerdo con información brindada por el Poder Legislativo Local, también contempla su uso para otras edificaciones dentro de los recintos educativos a lo largo de la geografía estatal.

Durante una sesión, lograron la aprobación de adicionar al Artículo 94 Bis, y al anexo 10.20 al Presupuesto de Egresos del Gobierno de Quintana Roo, en el que permite que en lo que resta de la administración de Mara Lezama, puedan realizar desembolsos de hasta 4 mil 032 millones de pesos para este rubro.

Lo que dictaminaron los diputados locales con estas modificaciones, quedan autorizadas las erogaciones plurianuales con la cantidad antes mencionada, que se deben destinar a lo siguiente:

  • Práctica de actividades deportivas.
  • Práctica de actividades culturales.
  • Práctica de actividades cívicas.
  • Práctica de actividades recreativas.

Endurecen castigo para el delito de Allanamiento de Morada y Robo

La XVII Legislatura de Quintana Roo también aprobó las reformas, adiciones y derogaciones del Código Penal del Estado, esto con el fin de incrementar la pena para el delito de Allanamiento de Morada.

Además de regular el delito de Robo en Casa-Habitación o lugar cerrado, determinando más agravantes al mismo, entre ellos, las penas de cárcel, que quedaron así:

  • De 1 a 3 años de prisión.
  • De 20 a 150 días de multa a quien, sin el consentimiento de una persona que legítimamente pueda otorgarlo o empleado engaño, ingrese a una casa-habitación, sus dependencias o permanezca en ella o en establecimientos públicos mientras estén cerrados.

Por otro lado, tipificaron el delito de encubrimiento por receptación definido como:

‘Aquel quien, después de ejecutado un delito y sin haber participado en él, adquiera, posea, enajene, reciba, comercialice, pignore, oculte o trafique los instrumentos, objetos o productos del delito con conocimiento de esta circunstancia’.

Finalmente, avalaron reformas a diversas leyes de Hacienda Municipal para exceptuar el pago del derecho, con respecto a la mesa de la hospitalidad, además de los trámites correspondientes a la expedición y entrega de licencias de funcionamiento y del refrendo anual declarativo.

Asimismo, de las agencias de viajes que se encuentran dentro de los centros de hospedajes que dan servicios de acompañamiento y orientación a los turistas durante su estadía en Quintana Roo.

Finalmente, informaron que se hicieron modificaciones al artículo primero transitorio del Decreto 173, por el que se adicionan un párrafo segundo y un párrafo tercero al artículo 24 de la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo.

Esto, relacionadas con el impuesto cedular por la enajenación de bienes inmuebles, con esto se busca que las reformas antes mencionadas entren en vigor hasta el 1 de agosto de 2024, para que los actores involucrados puedan prepararse adecuadamente para cumplir con las nuevas disposiciones.

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